By Patricia Madrigal Cordero (Posted: May 7, 2013)
Cuando los países firmaron, en 1992, la Declaración de Río, en la Primera Conferencia de Naciones Unidas sobre Ambiente y Desarrollo, incluyeron el principio 10, que hoy se conoce como el que establece los derechos de acceso.
Este principio dice textualmente: “El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la informaciónsobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participaren los procesos de adopción de decisiones. Los Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población poniendo la información a disposición de todos. Deberá proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre éstos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes”.
Veinte años más tarde, en junio del año pasado, durante la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible, conocida como Río+20, 12 países de América Latina y el Caribe firmaron la Declaración sobre la aplicación del principio 10.
En esta declaración manifestaron, expresamente, su voluntad de iniciar un proceso que explore la viabilidad de contar con un instrumento regional que puede ir desde guías, talleres y buenas prácticas hasta un convenio regional abierto a todos los países de la región, sobre los derechos de acceso que se consideran esenciales para la promoción del desarrollo sostenible y de la democracia, promoviendo un diálogo sustantivo con la sociedad civil e instituciones intergubernamentales.
El proceso ha ido tomando fuerza y debe reconocerse el liderazgo asumido por nuestro país. Se han realizado dos reuniones de puntos focales y el número de países ha aumentado a 14. Se cuenta con una hoja de ruta y un plan de acción hasta el 2014, en donde se constituyen dos grupos de trabajo: uno sobre fortalecimiento de capacidades y cooperación, que estará coordinado por Jamaica y Colombia, y otro sobre derechos de acceso, consulta e instrumento regional, coordinado por Costa Rica y Brasil.
El concepto utilizado para promover los derechos de acceso es el más amplio conocido en materia de derechos humanos, el concepto de público, que promueve que cualquier persona, física o jurídica puede participar.
La Secretaría Ejecutiva del proceso ha sido asumida por la Cepal, y ha recibido el apoyo político de la Celac y la UEE.
Para tener un punto de partida, la Cepal ha realizado un diagnóstico muy interesante sobre la situación de los derechos de acceso en la región que está disponible en Internet: (http://www.cepal.org/rio20/noticias/paginas/8/49468/2013-246PR10Accesoala_informacion.pdf)
Este estudio indica que en América Latina y el Caribe ha habido avances en este tema.
La adopción de un convenio regional favorecería una política de Estado y no solo de Gobierno, abriría mayores posibilidades de cooperación y fortalecería nuestras instituciones regionales.
Avanzar en el fortalecimiento del acceso a la información, a la participación y a la justicia ambiental nos acerca a una cultura de tolerancia frente a las diferencias y a la diversidad. Permite una mayor justicia, para que los costos de la conservación o el desarrollo no recaiga en los sectores más vulnerables, y ayuda a prevenir la escalada de conflictos socioambientales que se han dado en la región latinoamericana y el Caribe, generando tensión social.
(original article: http://www.nacion.com/2013-05-04/Opinion/El-acceso-a-la-info…)
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