The Access Initiative

TAI Partner Ramesh Agrawal Wins 2014 Goldman Environmental Award

By Rachel Mulbry (Posted: April 29, 2014)

The Access Initiative is proud to congratulate TAI member Ramesh Agrawal, director of Jan Chetana, on receiving a 2014 Goldman Environmental Prize. Agrawal has worked tirelessly since the 2005 passage of India’s Right to Information Act to hold the coal industry in his home state of Chhattisgarh accountable.

Chhattisgarh contains approximately one fifth of India’s coal reserves, and is already home to numerous large coal mines and processing plants. Residents of the state maintain that the coal industry is responsible for dangerous levels of water and air contamination. However, the political will to control the growth of the coal industry has often been stymied by the financial connections between the coal companies and the politicians themselves. Jindal Steel and Power Ltd (JSPL), a company whose work Agrawal and his local supporters directly opposed, is owned by Naveen Jindal, a member of parliament from the Congress Party.

Agrawal challenged the corruption and environmental degradation that characterize the coal industry by using access to information (ATI) requests made on behalf of villagers in Chhattisgarh. Using this method, he could effectively show that companies were consistently failing to properly conduct environmental impact assessments and public consultations. Agrawal’s approach also included an element of grassroots education; he taught community members how to effectively participate in public hearings and to understand the legal language used in the ATI laws.

Agrawal has worked with villages throughout Chhattisgarh to oppose large-scale industrial development for almost a decade. He gained prominence in 2008 when he organized opposition to a coal project proposed by JSPL, which would have processed around 4 million tons of coal per year in the vicinity of Agrawal’s own village of Raigarh. Using the Right to Information Act in combination with other grassroots tactics, Agrawal brought a case against the coal company to India’s National Green Tribunal. In 2012, the case was decided in the villagers’ favor, finding that JSPL failed to adequately consult the local residents about the project. JSPL’s project permits were subsequently revoked.

However, like other freedom of information activists, Agrawal faced intimidation and violence because his name was publically released as the author of the right to information requests related to the JSPL case. In 2011, Agrawal spent over two months in jail after being accused by JSPL of defaming and intimidating the company at a public meeting. TAI partners around the world mobilized immediately following Agrawal’s arrest, sending hundreds of petition signatures and emails to the Indian government. Thanks to the international outcry and the dedication of Agrawal’s lawyers, he was released from jail following a Supreme Court ruling in his favor. Unfortunately, trouble soon returned. In July 2012, soon after the National Green Tribunal ruling, two men entered Agrawal’s small internet café, which also served as the headquarters for Jan Chetana, and shot him in the leg. While Agrawal survived the attack and continues his work today, the incident serves as a reminder of the high stakes of environmental democracy.

Agrawal’s exemplary efforts demonstrate how procedural rights (access to information, public participation and access to justice) can catalyze environmental change. Using Agrawal’s approach as a model, other communities across India are now better able to hold government and industry accountable. The Access Initiative congratulates Ramesh Agrawal for his dedication and his 2014 Goldman Environmental Award.

Link to video: https://www.youtube.com/watch?feature=player_embedded&v=vEJf3UZ3WTs

Encontro Virtual discutirá Democracia Ambiental no Brasil e acordo regional sobre o tema

By Renato Morgado (Posted: April 29, 2014)

Organizações e cidadãos brasileiros estão convidados para participar de um Encontro Virtual, no dia 07 de maio (quarta-feira), das 10h00 às 11h30, para discussão do processo de construção de um acordo regional entre os governos da América Latina e do Caribe para a implementação do Principio 10.

O encontro é promovido pela Iniciativa de Acesso (TAI, sigla em Inglês) e o World Resource Institute (WRI) e é aberto a todos os interessados.

Princípio 10 é parte da Declaração do Rio sobre Meio Ambiente e Desenvolvimento, documento final da ECO92, e define o compromisso dos governos em garantir o acesso à participação, à informação e à justiça nas questões ambientais.

Em junho de 2012, durante a RIO+20, dez países da região (atualmente são dezoito, incluindo o Brasil) assinaram uma declaração conjunta demonstrando a intenção de construir um acordo regional para implementar o Princípio 10 e aprofundar a troca de experiências sobre o tema. O processo tem avançado desde então e conta com o apoio da Cepal (Comissão Econômica para a América Latina e o Caribe).

Apesar dos avanços que tivemos nos últimos anos em relação a este tema, ainda são frequentes no Brasil processos decisórios que não contam com a participação e a transparência necessárias, o que resulta em conflitos e injustiças ambientais.

O debate sobre o acordo regional é uma grande oportunidade de criação de um acordo e de novas ações que possibilitem o aprofundamento da democracia ambiental e, para isso, é fundamental a participação da sociedade neste processo. Infelizmente a maior parte da sociedade civil brasileira ainda não tem conhecimento deste processo regional ou do compromisso assumido pelo Governo Brasileiro

Como Participar do Encontro Virtual? Basta enviar (preferencialmente até o dia 05 de maio) um e-mail para renato.morgado@wri.org com o nome, os contatos e a organização que faz parte (se houver). As instruções para o acesso à plataforma virtual da reunião serão enviadas em breve.

O que será debatidol? O encontro iniciará com a apresentação do histórico da construção do acordo e os caminhos para a participação, tanto no processo formal coordenado pela CEPAL, quanto nas discussões da Iniciativa de Acesso (TAI). Após a apresentação inicial, serão esclarecidas dúvidas e aberto o debate sobre como a sociedade brasileira pode participar mais ativamente deste processo.

O encontro é aberto? Posso ajudar a divulgá-lo? O encontro é aberto a todas as organizações e cidadãos interessados. O apoio na divulgação é muito bem-vindo e pode ser realizado, dentre outras formas, pelo compartilhamento do link desse noticia ou de seu texto disponível.

Sobre a TAI e o WRI A Iniciativa Acesso (The Access Initiative – TAI) é a maior rede mundial, com cerca de 200 organizações da sociedade civil em 50 países, que trabalha para assegurar a capacidade e o direito dos cidadãos ao acesso à informação, à participação pública e à justiça nas questões ambientais. www.accessinitiative.org/pt/acerca-da-tai

O World Resource Institute (WRI) é uma organização global de pesquisa com foco na interelação entre o ambiente e desenvolvimento sócio-econômico. Possui escritórios no Brasil, Estados Unidos, China, Índia e Indonésia e é membro do secretariado global da TAI www.wri.org

The Access Initiative (TAI) and The Governance of Forests Initiative (GFI) Come Together

By Sophia Robison (Posted: March 6, 2014)

Over the past few months, the Governance of Forests Initiative (GFI) at The World Resources Institute (WRI) and The Access Initiative (TAI) secretariat have been in discussion about the direction of the two projects and ways to leverage their respective work to have greater impact. After much discussion, we have decided to bring the GFI and TAI teams at WRI together. The Access Initiative is the largest network in the world dedicated to ensuring that citizens have the right and ability to influence decisions about the natural resources that sustain their communities. The Governance of Forests Initiative seeks to improve the participationtransparency, and responsiveness of government practices that impact forest land allocation and use in Brazil, Cameroon, and Indonesia, as well as globally through international instruments. The merger will allow both projects to better pursue their goals. This comes in recognition of our shared approach and objectives, as well as the opportunities and capacities it will bring for both GFI and TAI, including the expansion of GFI’s reach and greater support and focus for TAI’s forest sector work.

 

As we begin preparations for the 5th Global Gathering in the fall of 2014, this exciting new development will add to our ability to service the TAI Network, which encompasses more than 250 civil society organizations in over 50 countries worldwide, and the GFI Network, a group of civil society organizations from Brazil, Cameroon, Indonesia, and the U.S. In particular, the theme for this year’s Global Gathering – centered on forests and community rights – would benefit tremendously from this merger at WRI. We are excited about this new development and believe that it is an important, positive step for both initiatives.

 

For more information, check out the TAI and GFI websites, and like us on Facebook and Twitter.

Nueva publicación:Tutela judicial efectiva en materia ambiental: el caso ecuatoriano

By Daniel Barragan (Posted: February 19, 2014)

En 1992, Naciones Unidas organizó la Conferencia sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, cuyos resultados se plasmaron en una Declaración de Principios rectores para el derecho ambiental. Uno de ellos, el Principio 10, sobre participación ciudadana, se refiere al acceso a la justicia ambiental. Desde entonces, el Principio 10 ha sustentado un importante desarrollo doctrinario, normativo y jurisprudencial ambiental, a nivel mundial. Este ha sido el caso ecuatoriano, cuya Constitución acogió su esencia con esa jerarquía normativa. El derecho de acceso a la justicia y a la tutela judicial efectiva en materia ambiental están actualmente reconocidos en el artículo 397 de la Constitución de la República del Ecuador.

Los aportes doctrinarios revelan que la tutela judicial efectiva en materia ambiental ha sido fundamentalmente estudia da desde una perspectiva de derecho ambiental, en la que se ha priorizado la problemática en torno al acceso a la justicia.

No obstante, este derecho no se agota en lo ambiental ni en el acceso a la justicia; sino que se extiende a la esfera del derecho a la tutela judicial efectiva, reconocido por el artículo 75 de la Constitución de la República del Ecuador. A pesar del evidente nexo entre el derecho de acceso a la justicia ambiental y el derecho a la tutela judicial efectiva, entendido como derecho de protección, este enfoque ha sido pocas veces explorado.

Nosotros hemos creído pertinente hacerlo, a fin de proveer elementos de articulación y, ulteriormente, de aplicación del derecho desde una visión constitucional del derecho ambiental. Este es el planteamiento central de la obra.

En el primer capítulo se presenta a la tutela judicial efectiva como un derecho de configuración compleja. Siguiendo el criterio de la doctrina ecuatoriana y comparada, se lo describe como un derecho constitucional, pero también como un deber judicial.

A partir de la jurisprudencia nacional y española se identifican en este derecho los siguientes elementos: derecho de acceso a los órganos judiciales; motivación; derecho a recurrir; ejecución; e, intangibilidad de la resolución judicial.

En el segundo capítulo se presenta y analiza la tutela judicial efectiva desde la perspectiva del derecho ambiental. Se toma nota de la influencia y desarrollo –en las últimas dos décadas del constitucionalismo ambiental, caracterizado por el reconocimiento de derechos y deberes ambientales y de la naturaleza; así como la vigencia de garantías aplicables. En este contexto, se analiza jurisprudencia nacional, sobre todo del Tribunal Constitucional y de la Corte Constitucional, para determinar la importancia de las garantías jurisdiccionales en la tutela efectiva de estos derechos.

En el tercer capítulo se analizan, a manera de estudios de caso, la primera sentencia expedida dentro una acción de protección de derechos a la naturaleza, en la causa conocida como Río Vilcabamba. La sentencia aporta novedosos criterios acerca la tutela judicial efectiva de los derechos de la naturaleza. Adicionalmente, se analiza una resolución del Pleno de la Corte Nacional de Justicia para resolver una duda acerca de la ley aplicable para determinar competencia judicial en materia penal ambiental.

Se trata de una resolución histórica, por ser la primera en esta materia, que resalta el importante papel del Poder Judicial en el ámbito jurídico ambiental.

El estudio concluye con una reflexión acerca del futuro de la tutela judicial de los derechos ambientales y los derechos de la naturaleza, en un escenario caracterizado por la necesaria especialización de los órganos jurisdiccionales en esta nueva disciplina jurídica, conforme prevé el Código Orgánico de la Función Judicial.

Tutela judicial efectiva en materia ambiental: el caso ecuatoriano

Published: 2013

En 1992, Naciones Unidas organizó la Conferencia sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, cuyos resultados se plasmaron en una Declaración de Principios rectores para el derecho ambiental. Uno de ellos, el Principio 10, sobre participación ciudadana, se refiere al acceso a la justicia ambiental. Desde entonces, el Principio 10 ha sustentado un importante desarrollo doctrinario, normativo y jurisprudencial ambiental, a nivel mundial. Este ha sido el caso ecuatoriano, cuya Constitución acogió su esencia con esa jerarquía normativa. El derecho de acceso a la justicia y a la tutela judicial efectiva en materia ambiental están actualmente reconocidos en el artículo 397 de la Constitución de la República del Ecuador.

Los aportes doctrinarios revelan que la tutela judicial efectiva en materia ambiental ha sido fundamentalmente estudia da desde una perspectiva de derecho ambiental, en la que se ha priorizado la problemática en torno al acceso a la justicia.

No obstante, este derecho no se agota en lo ambiental ni en el acceso a la justicia; sino que se extiende a la esfera del derecho a la tutela judicial efectiva, reconocido por el artículo 75 de la Constitución de la República del Ecuador. A pesar del evidente nexo entre el derecho de acceso a la justicia ambiental y el derecho a la tutela judicial efectiva, entendido como derecho de protección, este enfoque ha sido pocas veces explorado.

Nosotros hemos creído pertinente hacerlo, a fin de proveer elementos de articulación y, ulteriormente, de aplicación del derecho desde una visión constitucional del derecho ambiental. Este es el planteamiento central de la obra.

En el primer capítulo se presenta a la tutela judicial efectiva como un derecho de configuración compleja. Siguiendo el criterio de la doctrina ecuatoriana y comparada, se lo describe como un derecho constitucional, pero también como un deber judicial.

A partir de la jurisprudencia nacional y española se identifican en este derecho los siguientes elementos: derecho de acceso a los órganos judiciales; motivación; derecho a recurrir; ejecución; e, intangibilidad de la resolución judicial.

En el segundo capítulo se presenta y analiza la tutela judicial efectiva desde la perspectiva del derecho ambiental. Se toma nota de la influencia y desarrollo –en las últimas dos décadas del constitucionalismo ambiental, caracterizado por el reconocimiento de derechos y deberes ambientales y de la naturaleza; así como la vigencia de garantías aplicables. En este contexto, se analiza jurisprudencia nacional, sobre todo del Tribunal Constitucional y de la Corte Constitucional, para determinar la importancia de las garantías jurisdiccionales en la tutela efectiva de estos derechos.

En el tercer capítulo se analizan, a manera de estudios de caso, la primera sentencia expedida dentro una acción de protección de derechos a la naturaleza, en la causa conocida como Río Vilcabamba. La sentencia aporta novedosos criterios acerca la tutela judicial efectiva de los derechos de la naturaleza. Adicionalmente, se analiza una resolución del Pleno de la Corte Nacional de Justicia para resolver una duda acerca de la ley aplicable para determinar competencia judicial en materia penal ambiental.

Se trata de una resolución histórica, por ser la primera en esta materia, que resalta el importante papel del Poder Judicial en el ámbito jurídico ambiental.

El estudio concluye con una reflexión acerca del futuro de la tutela judicial de los derechos ambientales y los derechos de la naturaleza, en un escenario caracterizado por la necesaria especialización de los órganos jurisdiccionales en esta nueva disciplina jurídica, conforme prevé el Código Orgánico de la Función Judicial.

América Latina y el Caribe da paso importante para asegurar transparencia y participación en los asuntos ambientales

By Daniel Barragan (Posted: November 1, 2013)

21 Gobiernos de América Latina y El Caribe, se reunieron en Lima, Perú los días 30 y 31 de octubre, en la III Reunión de los Países Signatarios de la Declaración del Principio 10, donde acordaron una visión común para un instrumento regional que incorpora un enfoque de derechos fundamental para el derecho a la vida y a un medio ambiente sano, además de establecer un conjunto de principios tales como la transparencia, progresividad e inclusión.

En el marco de esta reunión, los países aprobaron un documento denominado la “Visión de Lima Para un Instrumento Regional sobre los Derechos de Acceso en Materia Ambiental”. Vale destacar que en este documento, los países ratificaron un enfoque de derechos sobre la temática de la participación pública, el acceso a la información y a la justicia en asuntos ambientales y subrayaron la íntima vinculación existente entre la promoción de los derechos de acceso, el goce efectivo de los derechos humanos y el fortalecimiento de la democracia. Los resultados de esta reunión tendrán un gran impacto sobre la vida de millones de personas, ya que sus acuerdos sentarán las bases del instrumento que se negociará en el marco del proceso regional para la aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo.

Adicionalmente, durante esta reunión se incorporaron nuevos países signatarios a este proceso Argentina, Guatemala y San Vicente y Granadinas, siendo un total de 17 Países Signatarios. Con estas nuevas adhesiones, el proceso regional sobre el Principio 10 se ve fortalecido y adquiere una mayor relevancia en el marco de la agenda regional sobre medio ambiente.

En representación de la Iniciativa de Acceso América Latina y el Caribe (TAIpor sus siglas en inglés), participaron 15 organizaciones de los países de la región que trabajan por la implementación de los derechos de acceso, quienes han establecido un contacto constante con sus respectivos Gobiernos para coordinar acciones estratégicas que den a conocer al público el proceso regional.

“Este compromiso sin lugar a dudas refleja un clima positivo para avanzar hacia una cabal implementación de los derechos de acceso en nuestra región, y esta Reunión en particular, será un hito más en el proceso de desarrollo de un instrumento regional”, explicó Daniel Barragán representante de TAI en la ceremonia inaugural.

El Ministro del Ambiente del Gobierno del Perú, Sr. Manuel Pulgar Vidal destacó que “un acuerdo para América Latina y el Caribe sobre transparencia, información, justicia, instancias de participación para la ciudadanía en las decisiones sobre el ambiente debe establecer estándares que aseguren a las personas la posibilidad de ejercer estos derechos, lo cual se logrará a través de un Convenio regional que incorpore los criterios de progresividad, exigibilidad y que sean medibles.”

Estas declaraciones coinciden con la postura de TAI de que resulta necesario contar con un tratado internacional con obligaciones claras y robustas.

Open Government Partnership Annual Summit

By Megan Daley (Posted: October 9, 2013)

The Open Government Partnership (OGP) Summit will be held in London October 30 – November 1. OGP was created 2 years ago and strives to encourage transparency throughout the world through government reform. Representatives from civil society organization, businesses, and governments will meet to discuss the successes, issues, and future agenda of OGP. The London summit will also serve to welcome new countries, announce new themes, new multilateral partnerships, and a prize competition. Among the policy issues to be discussed:

•Open data: opening up government data to boost entrepreneurship, growth and accountability •Government integrity: fighting corruption and strengthening democracy through transparent government •Fiscal transparency: ensuring taxpayers can follow public money •Empowering citizens: improving the relationship between citizens and governments •Natural resource transparency: ensuring natural resources are used for public benefit

This summit aims to encourage representatives to share their experience with each other in an effort to energize transparency efforts worldwide. Objectives include encouraging a more interactive and participatory civil society, motivating transparency advocates around the world, and translating ideas into actions while tracking its progress.

More information can be found at: http://www.opengovpartnership.org/get-involved/london-summit…

Quince países de América Latina preparan convención internacional por derechos ambientales

By FIMA (Posted: September 26, 2013)

Entre los gobiernos presentes en la instancia se cuentan Brasil, Argentina, Colombia, México y Chile, los cuales están negociando una Convención Internacional sobre ‘democracia ambiental’, para aplicar el Principio 10 de la Convención de Río, y fijar así una base institucional, administrativa y política sobre tres pilares: acceso a información, participación ciudadana y derecho a Justicia en materia medioambiental. El Gobierno chileno preside actualmente el proceso, que se encuentra en fase de negociación técnica. Esta es llevada a cabo por 40 profesionales de los ministerios: de Medioambiente, de Relaciones Exteriores, de Desarrollo Social, y de la Secretaría General de la Presidencia.

América Latina no tiene plataformas de información ambiental de alcance continental, para saber, por ejemplo, de la transferencia de contaminantes entre países, derivada de actividades extractivas o productivas como la minería, la generación termoeléctrica, los transgénicos, o la situación del suelo, el aire y el agua. Tampoco existe estándar básico de participación ciudadana en las decisiones políticas y productivas, y menos todavía una base sobre acceso a Justicia para exigir derechos ambientales.

Con ese vacío en mente, 15 países de América Latina buscan crear una institucionalidad continental, a fin de operacionalizar el Principio 10 de la Convención de Río. Además del trabajo continuo que se hace a través de teleconferencias, ya se han realizado dos reuniones internacional en noviembre de 2012 en Santiago y en abril de este año en México, donde se fijó la hoja de ruta. La próxima es a fines de octubre o comienzos de noviembre en un país aún por definir.

Al amparo de Naciones Unidas, la Unión Europea ya creó en 1999 la llamada “Convención de Aarhus” sobre derecho a información, participación ciudadana y acceso a justicia, considerado el instrumento más avanzado sobre ‘democracia ambiental’, y firmado ya por 46 países. Pese a ello, la abogada y negociadora del Ministerio de Medioambiente, Constance Nalegach, aduce que se optó por crear una institucionalidad nueva, porque en América Latina los recursos naturales son más necesarios para la economía en comparación con Europa:

“Si bien la Convención de Aarhus está abierta a todos los países del mundo, nosotros como América Latina y El Caribe también enfrentamos desafíos que son particulares a nuestra región. El uso de los recursos naturales en nuestra región es una base de la economía, lo que no es tan fuerte en Europa. En nuestra región ya hay ciertos indicios sobre todo de temas de conflictos de interés e incluso de conflictos ambientales por el uso de los recursos naturales”, adujo la funcionaria.

Por su parte, el director de Medio Ambiente del Ministerio de Relaciones Exteriores, Waldemar Coutts, informa los temas que propuso Chile en esta instancia internacional:

“Llegamos con dos temas a la conferencia de Río + 20 del llamado ‘Principio 10’ que abarca estos tres pilares, y también la importancia que reviste la Responsabilidad Social Empresarial (RSE) en la consecución del desarrollo sustentable, y que se refleja en el documento final de la conferencia, denominado “El futuro que queremos”, y eso quedó reflejado en dos párrafos, el 46 sobre la importancia de la RSE y el 47 referida a la importancia de que las empresas, tanto del Estado como las privadas que cotizan en la bolsa, generen informes de sustentabilidad”, acotó el funcionario de Cancillería.

En representación de la sociedad civil actúa la “Iniciativa Acceso”, que incorpora una organización no gubernamental (ONG) por cada país. Chile es representado por la Fiscalía del Medio Ambiente (FIMA), una de las de mayor tradición en la defensa de derechos ambientales. Su director ejecutivo, Ezio Costa, resalta el papel del Gobierno para revertir el vacío institucional ambiental en América Latina.

“No hay nada a nivel latinoamericano, por eso es importante tener una convención como esta, que permita tener ciertas lógicas comunes, que a la larga lleven a algún nivel de gestión común, pues los recursos naturales, el medioambiente y los ecosistemas son recursos comunes que traspasan las fronteras, de tal manera que esas políticas consideren la existencia de estos derechos reconocidos internacionalmente y el acuerdo y la voluntad de los Estados de América Latina de hacerlos cumplir, y de respetar sus obligaciones internacionales. Hasta ahora ha sido un proceso que en el caso de Chile ha tomado muy en cuenta a la sociedad civil organizada”, dijo el ambientalista.

*Nota de Helmuth Huerta Radio Universidad de Chile Ver nota completa de Radio Universidad de Chile http://radio.uchile.cl/2013/08/25/quince-paises-de-america-l…

RESULTS: Latin American and the Caribbean (LAC) and Europe Exchange: Moving Forward to a LAC Convention on P10 Workshop

By Megan Daley (Posted: September 9, 2013)

On July 30-31, The Access Initiative, in partnership with the Regional Environmental Center for Central and Easter Europe and the European Environmental Bureau (EEB) and through Centro Ecuatoriano de Derecho Ambiental (CEDA), Iniciativa de Acceso Mexico (IA-Mex) and World Resources Institute (WRI), hosted the Latin American and the Caribbean (LAC) and Europe Exchange: Moving Forward to a LAC Convention on P10 workshop in Quito, Ecuador. Additionally, the meeting included partners from 19 different countries across the Americas and Europe. The main goal of the workshop was to exchange ideas between the European and TAI LAC partners.

The LAC Convention strives to contribute to good governance, democracy, and sustainable development. This will be achieved through establishing standards and procedures for access rights, preventing and reducing environmental conflicts, reducing poverty, protecting natural resources, and strengthening transparency. The Quito meeting yielded many results that correspond to these goals, including an Advocacy and Outreach Strategy (attached) that outlined key actions, responsibilities of the partners, and intended deadlines. Objectives of the strategy included increasing the number of Caribbean signatories of the P10 Declaration, gaining more political support, and increasing the number of participants registered for the LAC Process. One of the most important goals to emerge, however, was the advocacy for the creation of a process for legally binding conventions with governments by 2014. If achieved, this objective will increase legitimacy, cooperation, and government support for TAI partners and the LAC Process. Finally, it was agreed upon that TAI partners would utilize social media more to update others on the LAC Process, inform their various networks on progress, and distribute information on the process at regional meetings.

Overall, the Quito Workshop included interactive engagement and dialogue amongst partners that led to ambitious objectives. The exchange of ideas will greatly benefit TAI’s future goals and tactics in the LAC Process.